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Sucesos

Ratifican sentencia contra cajero que robó 94.000 dólares en Cuenca

1 Mins Leídos

Cuenca.- En audiencia de apelación, la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay ratificó la sentencia de 10 años de privación de libertad impuesta a José Guillermo P., por su autoría en el delito de peculado en entidad financiera.

El sentenciado, además, tendrá que pagar 94.000 dólares, como reparación integral a la institución perjudicada.

Durante su intervención, el representante de Fiscalía detalló los elementos probatorios, que demostraron la participación del ahora sentenciado en el hecho, por lo que solicitó a los jueces que confirmen la sentencia –de primera instancia– emitida por un Tribunal Penal, en junio de 2023.

La investigación

Fiscalía dirigió la investigación, tras recibir la denuncia de la institución bancaria en la que José Guillermo P. cumplía funciones como cajero, en una de las agencias ubicadas en Cuenca. Allí era responsable de dos cajas y disponía de las claves de acceso para el manejo y custodia de las bóvedas.

Dentro de su jornada laboral, el 27 de diciembre de 2018, el ahora sentenciado realizó un débito de la bóveda por un valor de 116.000 dólares, de los cuales solo 22.000 dólares transfirió a dos cajas.

Horas más tarde, una funcionaria de la institución realizó la verificación de los fondos disponibles y detectó un faltante de 94.000 dólares. Debido a que José Guillermo P. ya no se encontraba en la agencia porque había culminado su jornada laboral, le solicitó un reporte mediante correo electrónico, sin embargo, él no contestó, ni regresó al día siguiente a su lugar de trabajo.

Entre las pruebas que demostraron la responsabilidad del ahora sentenciado, constan: los testimonios de un perito contable que estableció la cantidad faltante de dinero, del jefe de agencia, de funcionarios de la entidad bancaria encargados de la realización de auditorías internas y del perito que elaboró la pericia informática a los correos enviados a la cuenta de José Guillermo P.

Información jurídica

José Guillermo P. fue sentenciado de acuerdo al artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), inciso 4, que sanciona el delito de peculado con pena privativa de libertad de diez a trece años. (I)

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