AQUÍ SU PUBLICIDAD - 0964037046

 

Sucesos

Ratifican cárcel para exprofesor por abuso sexual a una estudiante

2 Mins Leídos

En la audiencia de apelación, culminada la tarde de este jueves 2 de junio, la Sala de Garantías Penales de la Corte Provincial de Justicia de Azuay consideró que Fiscalía –durante la audiencia de juicio– demostró la responsabilidad del docente Juan Carlos A., en el abuso sexual a una estudiante de 17 años.

Por esta razón, los magistrados rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Juan Carlos A. y ratificaron la sentencia de seis años y ocho meses de privación de libertad. Además, deberá cancelar 2.000 dólares para el tratamiento psicológico de la víctima.

Los hechos

Durante el año 2019, la adolescente fue víctima de abuso sexual en varias ocasiones, dentro de un centro educativo de Cuenca. Juan Carlos A. aprovechaba que la estudiante se quedaba sola en el aula de clases para cometer el ilícito, incluso en una ocasión lo hizo en frente de otra adolescente.

Ante los jueces, la fiscal del caso, Fernanda Polo, enumeró los elementos probatorios que señalan a Juan Carlos A. como autor del delito: el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de sus padres, de la testigo presencial, del personal de la institución educativa, de la funcionaria de Fiscalía que practicó la valoración psicológica a la víctima y del agente de Policía encargado del reconocimiento del lugar de los hechos.

Entre la prueba documental constó una denuncia presentada ante el Ministerio de Educación, entidad que destituyó del cargo al docente.

Información adicional

En la Fiscalía Especializada en Violencia de Género 3 de Cuenca existen dos investigaciones previas más contra Juan Carlos A., por los delitos de abuso sexual y acoso sexual, que habrían sido cometidos en contra de estudiantes de la  misma institución educativa.

Información jurídica

Juan Carlos A. fue sentenciado con base en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el cual se tipifica y sanciona el abuso sexual: la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

En este caso, la pena se incrementó por las circunstancias agravantes de la infracción.

Entradas Relacionadas
Sucesos

Siete fallecidos y catorce desaparecidos deja la temporada invernal en Ecuador

2 Mins Leídos
Siete personas han fallecido y catorce están desaparecidas en Ecuador como consecuencia de la temporada invernal en el país, que ha provocado…
Sucesos

Prisión preventiva para detenido por presunta comercialización de pornografía infantil

2 Mins Leídos
Azuay (Cuenca).- El Juez de Garantías Penales que conoció la causa acogió el pedido de la Fiscalía General del Estado y dictó…
Sucesos

Agente de tránsito CTE es llamado a juicio acusado de exigir dinero a conductor en Azuay

2 Mins Leídos
Gualaceo (Azuay).- El agente de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), George de Jesús Z., está llamado a juicio por su…

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *