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Sucesos

Bernardo Ordóñez recibe pena de 34 años de cárcel por femicidio

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Con la presentación de más de treinta elementos probatorios, la Fiscalía General del Estado logró que Juan Bernardo Ordóñez, reciba la pena máxima de treinta y cuatro años con ocho meses de privación de libertad, por el femicidio de Gabriela León, de 33 años.

En audiencia de juicio, que culminó la tarde de este viernes 9 de abril, la jueza ponente del Tribunal Penal de Azuay, Carmita Campoverde, anunció que el sentenciado deberá cancelar 460.800 como reparación integral a los familiares de la víctima.

Además, se ordenó al Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) que, a través de su red de salud, brinde atención psicológica a los familiares de la víctima.

Los hechos

El 21 de agosto de 2020, Gabriela León fue hallada sin vida por su hijo, dentro de su domicilio ubicado en Cuenca. Estaba acostada sobre su cama y presentaba signos de violencia en el cuello.

Horas más tarde, Juan Bernardo Ordóñez fue detenido. En su poder se encontró la tarjeta de débito y la cédula de la víctima.

La fiscal Alejandra Ledesma demostró el cometimiento del delito con el testimonio del médico legista que realizó la autopsia, misma que reveló que la víctima tenía lesiones que fueron provocadas cuando aún estaba con vida y que falleció a causa de asfixia mecánica por estrangulamiento.

También fueron presentados el testimonio anticipado del hijo de la víctima, así como los testimonios de familiares y amigos, con los que se demostró la relación de poder que ejercía el sentenciado sobre su pareja, Gabriela León.

Entre los testigos de Fiscalía, además, intervinieron los agentes de Policía que investigaron el caso y realizaron la pericia de audio y video al teléfono de la víctima, en el que se encontraron conversaciones con Juan Bernardo O., en las redes sociales Facebook y WhatsApp.

Durante la audiencia, el sentenciado decidió rendir su testimonio, en el cual aceptó su responsabilidad en el delito.

Información jurídica

El delito de femicidio está tipificado y sancionado en los artículos 141 y 142 del Código Integral Penal (COIP), con privación de libertad de veintidós a veintiséis años. En este caso se consideraron agravantes.

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