Ecuador.- El Ministerio de Turismo invita a la ciudadanía y a los miembros del sector turístico a conocer el calendario de feriados establecido para los años 2023, 2024 y 2025, y con ello, a planificar sus próximos recorridos por Ecuador.
En el documento se encuentran los días de descanso obligatorio de carácter nacional y no recuperable, determinados en la siguientes normas:
Disposición General Cuarta de la Ley Orgánica del Servicio Público:
Artículo 65 del Código del Trabajo
Disposición General Primera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo, publicada en el Registro Oficial No. 906 – Suplemento de martes 20 de diciembre de 2016.
Con el cronograma de los días de descanso obligatorio de los siguientes tres años, tanto los visitantes, como los prestadores de servicios turísticos podrán programar sus viajes. (I)