Cuenca (Azuay), 13 de mayo de 2021.- Tras haber rechazado el recurso de apelación, la Sala de Garantías Penales de la Corte Provincial de Justicia del Azuay ratificó la sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad contra los expolicías Ronal Patricio H. y Jordy Miguel P., y de los ciudadanos Jorge Luis C. y Víctor Leonardo Ch., por el robo y muerte del comerciante Juan Jerónimo Y., de 76 años.
Joseline Belén B., quien no apeló la sentencia de primera instancia, fue condenada a siete años de privación de libertad, debido a que se acogió a la cooperación eficaz, para lo cual aportó con información verídica y comprobable de los hechos.
Durante su intervención en la audiencia de apelación, efectuada el jueves 13 de mayo, el fiscal Emilio Izquierdo solicitó a los jueces que se confirme la sentencia emitida en diciembre de 2020 por el Tribunal Penal de esta provincia, debido a que –en la audiencia de juicio– Fiscalía demostró el cometimiento del delito y la responsabilidad de los sentenciados.
El hecho
El 16 de diciembre de 2019, los cinco sentenciados llegaron en un vehículo al domicilio de propiedad de la víctima, situado en Cuenca. Mientras los entonces policías Ronal Patricio H. y Jordy Miguel P. se quedaron en el automotor, los otros tres sentenciados ingresaron al inmueble.
Primero fueron hasta un local en el que funcionada un gimnasio, donde amedrentaron con armas de fuego a tres personas, a quienes las amarraron y encerraron en el baño. Después se dirigieron hasta donde residía la víctima, a quien ataron de pies y manos, agredieron con golpes de puño y patadas, y ocasionaron su muerte por asfixia mecánica.
Los sentenciados pretendían sustraerse medio millón de dólares; sin embargo, encontraron 2.000 dólares y huyeron con esta cantidad, a bordo del mismo vehículo.
Fiscalía sostuvo la acusación en contra de los cinco con el testimonio anticipado de Joseline Belén B. y el testimonio del agente de Policía que practicó la triangulación de llamadas telefónicas, con lo que se demostró que tres de los sentenciados estuvieron en la escena del crimen.
Además, los testimonios los agentes de la Dinased que investigaron el hecho, el perito de Criminalística que efectuó la inspección ocular técnica del lugar de los hechos y el médico legista que practicó la autopsia.
Dato jurídico
Artículo 189 del COIP: si a consecuencia del robo se ocasiona la muerte, la pena privativa de libertad será de veintidós a veintiséis años. Los jueces también consideraron agravantes.